Auto Supremo AS/0618/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2008

Fecha: 12-Dic-2008

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3.- En el marco de lo precedentemente fundamentado, es menester manifestar también que dado el estado de la causa, no se privó al coactivado Luís Alberto Valle Ureña, su derecho de defensa ni el debido proceso, sino que por el contrario, los Jueces de grado al haber determinado la competencia para conocer la sustanciación de la presente acción, obraron en cumplimiento efectivo del art. 16 de la C.P.E. y la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal (Decreto Ley Nº 14933 de 29 de septiembre de 1977), elevado a rango de Ley por la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990