Auto Supremo AS/0626/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0626/2008

Fecha: 18-Dic-2008

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CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, corresponde el examen del mismo, de cuyo análisis se tiene los siguientes aspectos:

1.- La infracción del art. 1311 del Código Civil que el recurrente le atribuye al tribunal de apelación, resulta impertinente e inoportuna como motivo casacional, a mérito que conforme bien lo advierte el señor Fiscal General del República, fue implícitamente reconocido como válido por la administración tributaria y no sólo por el hecho que no haya reclamado sobre su licitud en el curso del proceso que refiere el señor Fiscal, sino por que en la Resolución Determinativa la factura Nº 306 es excluida por otros aspectos y no precisamente por que no se encuentre debidamente legalizada, lo que más bien se encuentra así admitido en el primer considerando de la RD. 1292, cuando se declara que el sujeto pasivo adjuntó pruebas "consistente en fotocopia legalizada de la factura Nº 306..."