Auto Supremo AS/0099/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2008

Fecha: 25-Feb-2008

CONSIDERANDO: I


CONSIDERANDO: I. Que, en la especie, de la revisión de los antecedentes procesales en el marco de los fundamentos anteriormente expuestos, se concluye que el juez de primer grado -ejerciendo sus atribuciones a cabalidad- realizó una adecuada valoración y apreciación de la prueba, conforme los parámetros establecidos en el art. 135 del Código de Procedimiento Penal en relación al art. 144 del mismo compilado legal que, como se tiene dicho, regula la prueba de indicios y presunciones, concluyéndose en definitiva, que no existe óbice legal para sustentar una sentencia condenatoria en base a la prueba de indicios y presunciones, siempre y cuando concurran los requisitos establecidos en dicha norma, circunstancia que ha sido debidamente considerada por el tribunal de apelación en la resolución de vista impugnada y que desvirtúa la denuncia del recurrente en el sentido de que una sentencia condenatoria no puede fundamentarse en base a esta prueba indiciaria, sino en base a la existencia de prueba plena