Auto Supremo AS/0099/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0099/2008

Fecha: 25-Feb-2008

II


II. Por otro lado, respecto de la violación de los arts. 296.2) y 298.2) y 3) del Código de Procedimiento Penal, cabe señalar que los mismos regulan sobre la procedencia y las causales del recurso de casación, resoluciones que, lógicamente, no han sido empleadas en el pronunciamiento de la sentencia ni del auto de vista recurrido de casación, por lo que mal puede denunciarse su vulneración o errónea aplicación, lo que exime a este Tribunal de realizar mayores consideraciones