Apelada la sentencia, por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
Apelada la sentencia, por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, emitió el auto de vista N° 266/05SSA-I de 25 de noviembre de 2005, cursante a fs. 248, que revoca en parte la sentencia N° 64/2003 de 18 de julio de 2003, de fs. 178-185, sin costas por apelación doble, declarando probada en parte la excepción perentoria de prescripción de fs. 145-147 en cuanto a los actores Teresa Teófila Serrano Frías y Luís Mario Condori Navarro, debiendo realizarse una nueva liquidación de beneficios sociales del trabajador Ramiro Montaño Pérez, con los parámetros valorados en las conclusiones que anteceden quedando firmes y subsistentes los demás puntos resueltos en la sentencia
- AUTO SUPREMO Nº 097 - Social Sucre, 05 de marzo de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia, por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
- Esta resolución, motivó los recursos de fs
- b) Por su parte el apoderado de los actores, con olvido de que el recurso
- CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo Tribunal de Justicia de la
- En el caso de autos, se infiere con claridad que ambos recurrentes incurrieron en la
- A este efecto, la doctrina y jurisprudencia han establecido que el recurso de casación en
- Por lo relacionado, ambos recursos resultan insuficientes, injustificables y carentes de la adecuada técnica jurídica,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 05 de marzo de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
