b) Por su parte el apoderado de los actores, con olvido de que el recurso
b) Por su parte el apoderado de los actores, con olvido de que el recurso extraordinario de casación, se equipara a una nueva demanda de puro derecho con todos los requisitos que señala el art. 258 del Cód. Pdto. Civ., que es de donde deriva su aptitud formal, a tiempo de responder el recurso de contrario, interpone, a su vez, recurso de casación en el otrosí del memorial de fs. 256-257, como si se tratara de algo accesorio, defectuosa formulación que hace inviable su consideración
- AUTO SUPREMO Nº 097 - Social Sucre, 05 de marzo de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia, por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
- Esta resolución, motivó los recursos de fs
- b) Por su parte el apoderado de los actores, con olvido de que el recurso
- CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo Tribunal de Justicia de la
- En el caso de autos, se infiere con claridad que ambos recurrentes incurrieron en la
- A este efecto, la doctrina y jurisprudencia han establecido que el recurso de casación en
- Por lo relacionado, ambos recursos resultan insuficientes, injustificables y carentes de la adecuada técnica jurídica,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 05 de marzo de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
