Auto Supremo AS/0097/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2008

Fecha: 05-Mar-2008

b) Por su parte el apoderado de los actores, con olvido de que el recurso


b) Por su parte el apoderado de los actores, con olvido de que el recurso extraordinario de casación, se equipara a una nueva demanda de puro derecho con todos los requisitos que señala el art. 258 del Cód. Pdto. Civ., que es de donde deriva su aptitud formal, a tiempo de responder el recurso de contrario, interpone, a su vez, recurso de casación en el otrosí del memorial de fs. 256-257, como si se tratara de algo accesorio, defectuosa formulación que hace inviable su consideración