Auto Supremo AS/0097/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2008

Fecha: 05-Mar-2008

CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo Tribunal de Justicia de la


CONSIDERANDO II: Que, la uniforme jurisprudencia emitida por este máximo Tribunal de Justicia de la Nación, ha establecido que técnicamente no existe recurso de casación si no cumple con los requisitos establecidos en el art. 258-2) del Cód. Pdto. Civ., debiendo citarse en términos claros, concretos y precisos la sentencia o auto del que se recurre, su folio dentro del expediente, la ley o leyes violadas o aplicadas falsa o erróneamente y especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, ya se trate de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos, especificaciones que deberán hacerse precisamente en el recurso y no fundarse en memoriales o escritos anteriores ni suplirse posteriormente