Auto Supremo AS/0126/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0126/2008

Fecha: 19-Mar-2008


2º.- En cuanto a la denuncia de nulidad por falta de personería en el demandado, contenida en el recurso de casación en la forma, es conveniente dejar claramente establecido que la demanda de fs. 3-4, primero fue accionado contra Máximo Roth Taborga, propietario de la Empresa Estancias "OMEGA", empero, posteriormente está dirigida contra Juan Adad Yánez en calidad de Administrador del fundo ganadero, cumpliéndose a cabalidad lo dispuesto por los arts. 72 párrafo segundo y 120 de la L.G.T., porque aunque carezca de personalidad jurídica o de mandato para asumir la representación de los propietarios de dicha empresa -según denuncia el recurrente-, no debe olvidarse que para el trabajador, el demandado estaba revestido de la calidad de representante, porque la imagen del empresario está dada en muchos casos, como en el presente, a través de sus niveles de mando intermedio relacionada con la "administración económica y de personal de la unidad económica"; lo que se encuentra debidamente corroborado en autos, inclusive con la propia literal de fs. 35 presentada por la parte demandada a tiempo de oponer excepción de impersonería, la que fue resuelta mediante el auto interlocutorio de 6 de junio de 2003 (fs. 42), cuya impugnación no se consideró por el Tribunal de alzada por haberse interpuesto el recurso fuera del plazo legal, conforme se evidencia en el auto de vista de fs. 102