Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial del Beni, emite el auto de vista de 26 de enero de 2004, cursante a fs. 154-155, confirmando en todas sus partes la sentencia, con costas, conforme establece el art. 237 inc. 1º) del Cód. Pdto. Civ
- AUTO SUPREMO Nº 126 - Social Sucre,19 de marzo de 2008
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Que, contra el referido auto de vista, la parte demandada, interpone recurso de casación en
- Como recurso de casación en la forma amparado en la causal del inc
- Concluye solicitando la casación del auto de vista de fs
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el fundamento del recurso, corresponde su análisis y consideración en
- 2º
- En lo que hace a la falta de tramitación legal de la excusa formulada por
- Finalmente, es oportuno precisar que en materia de nulidad procesal, los tribunales para decretar la
- Concluyéndose que no son evidentes las infracciones denunciadas sino que por el contrario, los jueces
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Fue disidente la Sra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre,19 de marzo de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
