Auto Supremo AS/0142/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2008

Fecha: 07-Abr-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civil, de acuerdo con el dictamen de fs. 130-129, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 114-113, debiendo, en ejecución de fallos, procederse al pago de renta única de vejez a partir del 1º de enero de 2002; sin costas, por mandato del art. 39 de la Ley 1178 (SAFCO) de 20 de julio de 1990