Auto Supremo AS/0292/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0292/2008

Fecha: 02-Jun-2008

Por lo relacionado, no siendo evidente que el Tribunal ad quem hubiera vulnerado las disposiciones


Por lo relacionado, no siendo evidente que el Tribunal ad quem hubiera vulnerado las disposiciones aludidas en el recurso de casación, corresponde se resolver el mismo conforme los arts. 271 inc. 2) y 273 del Cód. Pdto. Civ., aplicables por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Cód. Proc. Trab