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    Auto Supremo AS/0292/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0292/2008

    Fecha: 02-Jun-2008

    Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.


    Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
    • AUTO SUPREMO Nº 292 - Social Sucre, 02 de junio de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
    • En grado de apelación, deducida por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
    • Que contra el auto de vista, el demandante interpone recurso de casación o nulidad (fs
    • CONSIDERANDO II: Así planteado el recurso, en base a los antecedentes del proceso se tiene
    • Que, no obstante la claridad del fallo recurrido y las disposiciones legales sobre las que
    • Que, a ese efecto, es menester indicar que por mandato del art
    • Que, en la especie, se establece con absoluta certeza que entre las partes no se
    • Consiguientemente, conforme ha resuelto el Tribunal de alzada, no se ha demostrado en autos que
    • Por lo relacionado, no siendo evidente que el Tribunal ad quem hubiera vulnerado las disposiciones
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Sucre, 02 de junio de 2008
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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