Auto Supremo AS/0278/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0278/2008

Fecha: 29-Ago-2008

CONSIDERANDO: Que, los recurrentes denuncian


CONSIDERANDO: Que, los recurrentes denuncian:

1.) Falta de acusación particular por parte de la víctima, por cuanto esta hubiera presentado ante el Tribunal de Sentencia querella y no acusación particular, error inconvalidable que constituye defecto absoluto por imperio del artículo 169 inciso 3) del Código de Procedimiento Penal, por vulneración del debido proceso, la seguridad jurídica y el principio de legalidad, resguardados por los artículos 16, 7 inciso a) y 81 de la Constitución Política del Estado