Auto Supremo AS/0347/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2008

Fecha: 26-Sep-2008

a) Se violaron los arts


Dicho fallo motivó que la entidad demandada mediante su representante, interponga recurso de casación en el fondo de fs. 374-379, en el que fundamentó:

a) Se violaron los arts. 4 inc. c), 397 del Cód. Pdto. Civ., 1311 del Cód. Civ., 2º num. 4), 214, 269 de la Ley Nº 1340; 3º y 4º de la R.A. Nº 05-82-87; 8º y 12 de la Ley Nº 843, por haberse otorgado validez y reconocido crédito fiscal a las fotocopias simples de las facturas cursantes de fs. 170-176, pese a que fueron observadas en el memorial de la respuesta a la demanda y los alegatos de fs. 304-308 y 316-318, habiéndose valorado incorrectamente esas pruebas que no cumplen con la ley en su legalización, habiéndose emitido el fallo sin exigir las pruebas necesarias para establecer si esas facturas fueron o no otorgadas u obtenidas legalmente y si fueron selladas por la Administración Tributaria, al considerar que la administración tributaria habilitó dichas notas fiscales irregulares presentadas por el contribuyente (ahora demandante), pues no consta el trámite de sellado de esas facturas, más aún consta que la administración tributaria, realizó el cruce de información con los proveedores, habiendo evidenciado que las mencionadas facturas son falsas por corresponder el Nº de RUC a otra razón social