Auto Supremo AS/0347/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0347/2008

Fecha: 26-Sep-2008

CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,


CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene:

I.- Este tribunal ha dejado establecido que la determinación de la autenticidad o falsedad de las facturas no es atribución del ente fiscal, sino que éste debe mostrar o desvirtuar dentro de un proceso su falsedad o autenticidad, adicionalmente a ello, ha establecido que no es obligación del comprador cumplir con las formalidades de habilitación de notas fiscales, sino de quien emite ese documento, por ser el sujeto pasivo del IVA, contra quien debe recaer las sanciones que correspondan por dicha emisión