Que, en la especie se evidencia que el tribunal de apelación dispuso la nulidad de
Que, en la especie se evidencia que el tribunal de apelación dispuso la nulidad de obrados hasta fs. 41, esto es, hasta la diligencia de notificación al demandado inclusive, por considerar que la deficiencia de los datos en él contenidos podría afectar a las partes, en la medida que en forma literal se consigna que se notificó al demandante en fecha 24 de agosto y que numéricamente se consigna como fecha de notificación el miércoles 15
- AUTO SUPREMO Nº 401 - Social Sucre, 08 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, en el caso mencionado, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito
- CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
- Que, en la especie se evidencia que el tribunal de apelación dispuso la nulidad de
- Sobre el particular, se debe destacar que en las diligencias de notificación de fs
- A contrario sensu, si el ejercicio de la atribución para anular de oficio los procesos
- Analizada la decisión del tribunal de apelación en el marco de las razones expuestas, se
- Por otro lado, ese hecho, no tiene la trascendencia que pronostica el tribunal de apelación
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 08 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
