Para resolución, según convocatoria de fs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, CASA parcialmente el Auto de Vista Nº 439 de 2 de octubre de 2004, cursante a fs. 205-206, excluyendo de la liquidación el monto de Bs. 1.575,14 por concepto de 9 meses y 4 días de vacación; manteniendo subsistente el pago de la Prima de 2 años, por la suma de Bs. 3.449,72. Sin multa por ser excusable
Para resolución, según convocatoria de fs. 215, interviene el Sr. Ministro Hugo R. Suárez Calbimonte de la Sala Social Segunda
- AUTO SUPREMO Nº 430 - Social Sucre, 16 de septiembre de 2008
- PARTES: Valentín Suárez Merubia c/ Compañía Industrial Azucarera San Aurelio S.A
- CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la Empresa demandada, interpone
- Luego, con base a los mismos argumentos denuncia indebida aplicación de los arts
- Concluye solicitando la casación parcial del auto de vista concretamente en la parte que declara
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos de ambos recursos, corresponde su análisis y consideración
- 2
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- Por lo relacionado precedentemente, se establece que no es evidente la vulneración respecto de la
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 16 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
