Concluida la discursiva fundamentación, carente de acusación formal de infracción legal concreta alguna, formaliza la
Concluida la discursiva fundamentación, carente de acusación formal de infracción legal concreta alguna, formaliza la interposición del recurso pidiendo de este Tribunal que, de acuerdo con los arts. 271-4) y 274-II del Código de Procedimiento Civil, case el Auto de Vista recurrido y, deliberando en el fondo, declare probada la excepción previa de incompetencia opuesta, ordenando que el Juez Laboral A quo se inhiba del conocimiento de la causa, remitiendo el caso al juez competente
- AUTO SUPREMO Nº 470 - Social Sucre, 29 de septiembre de 2008
- Interpuesta la demanda en franca violación de la ley y del Código de Ética -continúa-
- Concluida la discursiva fundamentación, carente de acusación formal de infracción legal concreta alguna, formaliza la
- CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso, con las limitaciones formales de que adolece,
- Estas excepciones, si resultan probadas, modifican el trámite y pueden acarrear la sustitución del Juez
- En ese orden y con relación al recurso de casación en análisis, es importante hacer
- En el contrato de trabajo, dada su naturaleza especial, es imprescindible la concurrencia de requisitos,
- En autos, examinada la demanda de fs
- Acordando, complementariamente, una remuneración mensual de Bs
- Conviene tener presente que en materia laboral, dada su especialidad, convergen una serie de principios
- De lo referido, se concluye que el Juez de Primera instancia, es competente para conocer
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
