Auto Supremo AS/0470/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2008

Fecha: 29-Sep-2008

Estas excepciones, si resultan probadas, modifican el trámite y pueden acarrear la sustitución del Juez


Estas excepciones, si resultan probadas, modifican el trámite y pueden acarrear la sustitución del Juez que conoce la causa, se puede determinar su acumulación a otro proceso, que la demanda sea declarada como no presentada para que se reformule, se cite a una tercera persona para que se integre en la litis o, que se suspenda la demanda, hasta el cumplimiento del término o una condición que las partes hubieren acordado con anticipación