Auto Supremo AS/0470/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0470/2008

Fecha: 29-Sep-2008

CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso, con las limitaciones formales de que adolece,


CONSIDERANDO II: Que, expuestos los fundamentos del recurso, con las limitaciones formales de que adolece, dentro de este marco legal, con carácter previo, corresponde dejar establecido que este Tribunal ha adquirido competencia para conocerlo y resolverlo con la facultad prevista en el art. 255-2) del Código de Procedimiento Civil, en cuanto versa sobre una cuestión de orden público como es la competencia y, en esa definición, del análisis de lo obrado, se tiene:

Que, conforme orienta la doctrina y ha sostenido la jurisprudencia de este Tribunal, el planteamiento de excepciones previas o dilatorias, fundadas por su objeto, naturaleza y efecto como medio de defensa en lo formal, son de previo y especial pronunciamiento en cuanto tienden a corregir errores por defecto legal en la demanda, evitar un proceso inútil habiendo litispendencia o impedir un juicio nulo por incompetencia, falta de capacidad o personería; de manera que su finalidad es prevenir y subsanar oportunamente vicios que se refieren al proceso y no al derecho alegado