Auto Supremo AS/0214/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0214/2009

Fecha: 14-Oct-2009

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4.- El art. 33 de la Ley Nº 1178, instituye que "No existirá responsabilidad administrativa, ejecutiva ni civil cuando se pruebe que la decisión hubiese sido tomada en procura de mayor beneficio y en resguardo de los bienes de la entidad, dentro de los riesgos propios de operación y las circunstancia imperantes al momento de la decisión o cuando situaciones de fuerza mayor originaron la decisión o incidieron en el resultado final de la operación"