Auto Supremo AS/0221/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2009

Fecha: 15-Oct-2009

POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución prevista en el art. 58-1. de la Ley de Organización Judicial, ANULA obrados hasta el auto de fs. 259 vta., inclusive, y al no haber formulado recurso de apelación con las formalidades de ley contra la resolución que declaró probadas las excepciones previas de impersonería opuestas por el Ministerio de Salud y Deportes, se declara ejecutoriado dicho fallo y se dispone que los actores si consideran pertinente, acreditando su legitimación, por cuerda separada inicien la acción que corresponda porque los efectos de la resolución ejecutoriada implican que la demanda se la tiene como no presentada