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    Auto Supremo AS/0240/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0240/2009

    Fecha: 08-Oct-2009

    5


    5.- Consiguientemente, al no encontrarse justificadas las supuestas violaciones acusadas en el recurso, corresponde resolver el mismo conforme prevén los arts. 271 inc. 2) y 273 del adjetivo civil, aplicables al caso de autos por mandato de la norma remisiva contenida en los arts. 214 y 297 del Cód. Trib. (Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992)
    • AUTO SUPREMO Nº 240 - Contencioso Tributario Sucre, 8 de octubre de 2009
    • PARTES: Compañía Universal Ltda. c/ el Servicio Nacional de Impuestos Internos de La Paz
    • CONSIDERANDO: Que planteada la demanda de fs
    • En grado de apelación deducida por el apoderado legal de la Administración Regional de Impuestos
    • Que contra la resolución de vista, el representante legal de la Administración Regional de Impuestos
    • También alude que la multa impuesta surgió a consecuencia que el contribuyente no declaró la
    • Luego denuncia que el tribunal de alzada ha violado los arts
    • Concluye solicitando la casación parcial del auto de vista y que se declare firme y
    • CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración con base a los
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    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Sin costas, en aplicación de los arts
    • Para sorteo y resolución, conforme a la convocatoria de fs
    • Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara

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