Auto Supremo AS/0240/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2009

Fecha: 08-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración con base a los


CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración con base a los antecedentes del proceso, de donde se tiene:

1.- Que el tribunal de alzada resolviendo el recurso de apelación de fs. 77-78, pronunció el Auto de Vista de 19 de agosto de 2004, confirmando la Sentencia Nº 051/1999 de 3 de diciembre del mismo año, entendiendo que por los informes técnicos de fs. 62 y 89 el contribuyente no ha proporcionado los documentos de descargo pese a su legal notificación y que los tributos omitidos son los que fueron cotejados por el juez de instancia; asimismo resolvió que los cargos del impuesto IRPE por el periodo fiscal de 1989 prescribieron en aplicación del art. 52 del Cód. Trib., siendo inaplicable la prescripción a los siete años en razón a que el contribuyente se encontraba en los registros de la administración tributaria tenía conocimiento del hecho generador avalando del mismo modo la interpretación a la que arribó el juez de la causa