Auto Supremo AS/0532/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0532/2009

Fecha: 24-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, revisados objetivamente los datos del proceso se tiene, que el mismo se inició


CONSIDERANDO: Que, revisados objetivamente los datos del proceso se tiene, que el mismo se inició a denuncia formulada por Horacio Hugarteche Olmos el 30 de junio de 1999, conforme se evidencia a fs. 1, se organizó la instrucción penal contra Ricardo Román Peña y Dorys Arteaga de Román, por Auto de octubre de 1999, cursante a fs. 200, el mismo que se tramitó sin que se cumpliera con la previsión del art. 171 del Código de Procedimiento Penal de 1972, ya que el Auto de Procesamiento es de 5 de julio de 2000, cursante de fs. 256 a 257 vlta., es decir se emitió después de mas de ocho meses de emitido el Auto Inicial de la Instrucción