Auto Supremo AS/0243/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0243/2009

Fecha: 25-Nov-2009

A tal fin, el art


A tal fin, el art. 14 del Cód. S.S., determina que en caso de enfermedad reconocida por los servicios médicos de la Caja, el asegurado y los beneficiarios tienen derecho a las prestaciones en especie que dichos servicios consideren indispensables para la curación, es decir, la necesaria asistencia médica y dental, general y especializada, quirúrgica, hospitalaria y al suministro de los medicamentos que requiera el estado de salud del enfermo