CONSIDERANDO I: Que la Sentencia Nº 214 de fs
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Orlando Bravo Soruco c/ FONVIS en Liquidación
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 309-313 interpuesto por Martín Federico Salces López, apoderado legal del Fondo de Vivienda Social, en liquidación, contra el Auto de Vista Nº 299 de 11 de julio de 2005, cursante a fs. 305-307, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso laboral sobre cobro de beneficios sociales por despido, seguido por Orlando Bravo Soruco contra la entidad recurrente, sus antecedentes, lo alegado por las partes, y
CONSIDERANDO I: Que la Sentencia Nº 214 de fs. 139-140 dictada por el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, en conocimiento del proceso, declara probado el derecho demandado con costas, ordenando que el Fondo demandado, en liquidación, pague al actor Orlando Bravo Soruco la suma de Bs. 31.275.32, por concepto de desahucio, indemnización por tiempo de servicios, aguinaldo y sueldo de 2 días, de acuerdo a la liquidación inserta practicada en base a una antigüedad de 6 meses y 27 días, con un salario mensual promedio de Bs. 7.416.66
- AUTO SUPREMO Nº 273 - Social Sucre, 23 de noviembre de 2009
- CONSIDERANDO I: Que la Sentencia Nº 214 de fs
- Apelada esta Sentencia a fs
- CONSIDERANDO II:Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
- Que, de la revisión del contrato de fs
- Que, conforme la disposición del art
- La entidad demandada es una repartición de la función pública del Estado, con potestad de
- Que, el art
- Consiguientemente, se impone lo impuesto en el art
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- La Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco fue de voto disidente con el fundamento que el
- Para sorteo y resolución, según convocatoria de fs
- Para resolución, conforme a la convocatoria de fs
- Relator: Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara
