Auto Supremo AS/0273/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0273/2009

Fecha: 23-Nov-2009

CONSIDERANDO II:Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art


CONSIDERANDO II:Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art. 15 de la L.O.J., cual es el de revisar de oficio, si los jueces y funcionarios observaron los plazos y leyes que regulan la correcta tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso las sanciones pertinentes, en la especie, se establece que el Juez a quo dictó la sentencia de fs. 139-140, declarando probada la demanda, reconociendo el pago de beneficios sociales con el fundamento de que en el caso existió relación de dependencia laboral, decisión que es confirmada por Auto de Vista de fs. 305-307