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    Auto Supremo AS/0273/2009
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0273/2009

    Fecha: 23-Nov-2009

    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


    POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en los arts. 15 y 60 inc. 1) de la Ley de Organización Judicial, ANULA el proceso hasta el auto de admisión de la demanda de fs. 8 inclusive; sin responsabilidad por ser excusable
    • AUTO SUPREMO Nº 273 - Social Sucre, 23 de noviembre de 2009
    • CONSIDERANDO I: Que la Sentencia Nº 214 de fs
    • Apelada esta Sentencia a fs
    • CONSIDERANDO II:Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
    • Que, de la revisión del contrato de fs
    • Que, conforme la disposición del art
    • La entidad demandada es una repartición de la función pública del Estado, con potestad de
    • Que, el art
    • Consiguientemente, se impone lo impuesto en el art
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • La Ministra Beatriz Sandoval de Capobianco fue de voto disidente con el fundamento que el
    • Para sorteo y resolución, según convocatoria de fs
    • Para resolución, conforme a la convocatoria de fs
    • Relator: Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Fdo. Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Proveído: Carlos Bernal Tupa.- Secretario de Cámara

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