Auto Supremo AS/0543/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0543/2009

Fecha: 06-Nov-2009

En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado se establece que los tribunales de instancia, al


En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado se establece que los tribunales de instancia, al dictar sus resoluciones con los fundamentos que sale de la sentencia a fs. 324 a 330 vlta., y el Auto de Vista cursante a fs. 347 a 348 vlta; de obrados, respectivamente, no han infringido ninguna disposición de orden legal, por el contrario, han aplicado con rectitud y probidad lo dispuesto por los arts. 133 y 243 del Código adjetivo penal, haciendo prevalecer el art. 16 de la Constitución Política del Estado, durante el desarrollo del proceso; de ahí que corresponda al supremo tribunal dar aplicación al art. 307 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal en relación al procesado Hugo Avalos Veizaga