Que los tribunales de grado en la valoración de la prueba e indicios múltiples que
Que los tribunales de grado en la valoración de la prueba e indicios múltiples que reúnen las condiciones del art. 135 y 144 del Código de Procedimiento Penal, han calificado adecuadamente la conducta del procesado Hugo Avalos Veizaga e impuesto la pena prevista en el art. 48 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas Ley N° 1008, prueba acusatoria que no ha sido enervada o desvirtuada en ningún momento por el inculpado
- CONSIDERANDO: Que, la Corte ad quem con la facultad conferida por el art
- CONSIDERANDO: Que, de los datos y elementos que ilustran el proceso, se tiene: Que el
- Que los tribunales de grado en la valoración de la prueba e indicios múltiples que
- CONSIDERANDO: Que, al tenor del art
- En consecuencia, por lo expuesto y fundamentado se establece que los tribunales de instancia, al
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de obrados, se tiene que el recurso de casación deducido
- En consecuencia el Supremo Tribunal al constatar que el recurso de casación ha sido presentado
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
