Auto Supremo AS/0574/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0574/2009

Fecha: 25-Nov-2009

CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los recursos de casación interpuesto por Jorge


CONSIDERANDO: Que, de la revisión del contenido de los recursos de casación interpuesto por Jorge Armando Méndez Quispe a fs. 1491 a 1492 y Aleja Chávez Boyan a fs. 1495 a 1498, se asume los términos que se expone a continuación:

I.- El procesado Jorge Armando Méndez Quispe en amparo de los arts. 296.2) y 298. 4) del Código de Procedimiento Penal acusa la infracción de la ley sustantiva penal, toda vez que no existe una sola prueba que acredite que su persona haya participado en los delitos de estafa y estelionato, por el contrario jamás ha negado que habría participado en estampar su firma en un papel en blanco para la obtención de un préstamo. Por otro lado, con relación a la venta del inmueble refiere que no tenía conocimiento del mismo, porque no intervino ni estuvo presente en los acuerdos previos ni en la concretización de la venta de la propiedad de los esposos Mariaca, más aun si su persona jamás vendió, gravó ni arrendó como propio bien ajeno alguno. Por último, denuncia que si bien ha asumido y admitido la comisión del delito de falsedad material, no ha cometido los delitos de estafa y estelionato, habiendo por lo tanto el tribunal a quo y ad quem incurrido en infracción del art. 37 del Código Penal, al no haber tomado en cuentas sus antecedentes, que han acreditado una vida digna y honrosa