Auto Supremo AS/0580/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0580/2009

Fecha: 26-Nov-2009

La imprecisión del acta, no permite establecer si a la conclusión de los debates (horas


En el caso de autos, del acta de juicio oral (fojas 361 "A") se lee que: "a horas 19:45 p.m. del día martes 27 de febrero de 2007 se suspende la audiencia, ingresando el tribunal a deliberación para emitir la correspondiente sentencia. Reinstalado el acto el día 16 de marzo de 2007 a horas 13:00 con expresa habilitación de horas, el Presidente del Tribunal Dr. Antonio G. Campero Segovia procede a dar lectura de la sentencia Nº. 02/2007 ...."

La imprecisión del acta, no permite establecer si a la conclusión de los debates (horas 19:45 del día martes 27 de febrero de 2007) el Tribunal de Sentencia suspendió la deliberación y de ser así, para que momento fue suspendida, o por el contrario si el Tribuna deliberó inmediatamente concluido el debate, en cuyo caso, el acta no precisa si esa deliberación se prolongó, en forma ininterrumpida, hasta el día 16 de marzo de 2007, tampoco aclara si concluido el debate y efectuada la inmediata deliberación, el Tribunal emitió sentencia en la misma audiencia, aunque sólo sea la parte dispositiva del fallo, o por el contrario, concluida la deliberación, el Tribunal postergó el pronunciamiento de la resolución hasta el 16 de marzo. En todo caso es evidente que, el Tribunal de Sentencia rompió la unidad del acto de la deliberación, infringió el principio de continuidad, y soslayó que la deliberación es el acto que en forma continua e inmediata sucede o sobreviene a la conclusión de los debates y termina con la adopción de la resolución del caso, la cual necesariamente debe ser pronunciada en la misma audiencia, así sea sólo en su parte dispositiva