Auto Supremo AS/0496/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2009

Fecha: 22-Dic-2009

Que conforme a los criterios interpretativos anotados, según lo alegado por el imputado y la


Que conforme a los criterios interpretativos anotados, según lo alegado por el imputado y la prueba presentada, en el caso efectivamente ha existido demoraen el cumplimiento de los plazos procesales a partir de la etapa de juicio como que la audiencia de juicio fue señalada 12 días después de haber vencido el plazo previsto por ley. El Auto de Apertura de Juicio de 20 de noviembre de 2006 señaló audiencia para la constitución del tribunal para el 6 de enero de 2007 cuando la misma debió ser fijada dentro de los cinco días siguientes. En apelación, la Sala Penal Primera mediante decreto de 29 de mayo de 2007 señaló audiencia de fundamentación oral para el 1 de junio, desde la remisión de antecedentes a la Sala Penal hasta el verificativo de la audiencia trascurrieron 2 meses y 24 días, superando el plazo previsto por ley; asimismo también observó la falta de celeridad en las notificaciones tanto con las sentencias y los Autos de Vista y la remisión de obrados a conocimiento del tribunal de apelación y casación. Estas dilaciones sin embargo en conjunto no resultan significativos dentro del cómputo total de duración del proceso además no se ha demostrado que la demora fuera injustificada