Que sin embargo el plazo de la extinción del proceso no opera de manera automática
Que sin embargo el plazo de la extinción del proceso no opera de manera automática con el sólo transcurso del plazo fijado por la disposición procesal, conforme entiende el recurrente, sino que cada caso debe ser objeto de un cuidadoso análisis para determinar las causas de la demora en la tramitación del proceso penal, lo que origina la obligación para quien solicita la extinción de la acción penal de fundamentar la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, precisando de manera puntual en qué partes del expediente se encuentran los actuados procesales que provocaron la demora o dilación y de quién es la responsabilidad de dicha demora
- Partes: Ministerio Público y Teodoro Valencia c/ Felipe Chileno Chambi
- Lesiones gravísimas
- VISTOS: la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso presentada
- CONSIDERANDO: que el imputado amparado en la previsión del artículo 133 concordante con el articulo
- Estos argumentos fueron reiterados por el imputado en su memorial presentado el 27 de febrero
- CONSIDERANDO: que el Ministerio Público respondió la solicitud de extinción de la acción manifestando que
- Que añadió que para el computo del plazo de duración máxima del proceso se debe
- CONSIDERANDO: que conforme ha definido el Tribunal Constitucional en la Sentencia Constitucional 0101/2004, de 14
- CONSIDERANDO: que conforme lo anotado en el caso en análisis este tribunal se limitará a
- Que de la prueba acompañada por el imputado se puede establecer que éste fue notificado
- Que sin embargo el plazo de la extinción del proceso no opera de manera automática
- Que además la Corte Suprema de Justicia en diferentes fallos ha generado un criterio de
- Que conforme a los criterios interpretativos anotados, según lo alegado por el imputado y la
- Que lo significativo resulta el plazo que transcurrió desde la notificación del imputado con la
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Firmado
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
