Auto Supremo AS/0103/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2009

Fecha: 18-Feb-2009

Que, Luís Sebastián Claure Acuña, formuló incidente de actividad procesal defectuosa, argumentando que las investigaciones


Que, Luís Sebastián Claure Acuña, formuló incidente de actividad procesal defectuosa, argumentando que las investigaciones desarrolladas por el Ministerio Público y la Resolución de Rechazo de Querella violaron derechos y garantías constitucionales, en ese sentido acusó: la vulneración del principio de Unidad, previsto en el artículo 4º de la Ley Orgánica del Ministerio Público, por haberse desconocido las investigaciones y conclusiones de un Fiscal de Materia; retardación de justicia por el Ministerio Público que demoró 34 meses la etapa preparatoria; omisión de la recepción de las declaraciones informativas de los querellados; vulneración los artículos 11 y 77 del Código de Procedimiento Penal. Por los argumentos expuestos, en vía incidental solicitó la nulidad de la Resolución Fiscal de Rechazo de Querella, de 11 de noviembre de 2008 emitida por el Fiscal General de la República