Auto Supremo AS/0182/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0182/2009

Fecha: 25-Mar-2009

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público, requirió no haber a la extinción de la acción penal

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 182 Sucre, 25 de marzo de 2009

DISTRITO: Cochabamba

PARTES:Luís Jaime Pardo Rodríguez c/ Antonio Alberto Zegarra Dorado

Estafa (Declara la extinción de la acción penal)

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Sucre, 25 de marzo de 2009

VISTOS: El requerimiento fiscal pronunciado de oficio respecto a la extinción de la acción penal de 21 de diciembre de 2005 (fojas 356 a 358), en el proceso penal seguido por Luís Jaime Pardo Rodríguez contra José Antonio Alberto Zegarra Dorado, con imputación por la comisión del delito de estafa tipificado en el artículo 335 del Código Penal, radicado en esta Corte Suprema de Justicia con el recurso de casación formulado por la parte querellante (fojas 350 a 351 vuelta), los antecedentes; y

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público, requirió no haber a la extinción de la acción penal en beneficio del procesado por haber demostrado una conducta desleal, no asistió a un actuado procesal, formuló recursos ordinarios como la apelación del auto final de la instrucción y la apelación de la sentencia, debiendo asumir las consecuencias de sus actos al ser responsable en la demora