CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Firmado: Dr. José Luis Baptista Morales
PRESIDENTE DE LA SALA PENAL SEGUNDA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Firmado: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
MINISTRO DE LA SALA PENAL PRIMERA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Firmado: Abog. Sandra Magalí Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE CÁMARA DE SALA PENAL SEGUNDA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos por los imputados Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo
- CONSIDERANDO: que los recursos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que siendo esos los antecedentes del caso de autos, los procesados, manifestando que el Auto
- Que el querellante, por su parte, expuso como principal argumento el incumplimiento del principio concerniente
- Que analizadas las posiciones sostenidas tanto por los procesados como por el acusador particular, en
- Que el argumento sostenido por el querellante, válido para fines de procedencia del recurso de
- Que en efecto, al término del juicio oral y público, si la sentencia es condenatoria,
- Que en consecuencia, corresponde aplicar la previsión contenida en el artículo 418 del Código de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
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