Que el argumento sostenido por el querellante, válido para fines de procedencia del recurso de
Que el argumento sostenido por el querellante, válido para fines de procedencia del recurso de casación, es el de la acusación específica y concreta como base del juicio pues, en efecto, si la razón del enjuiciamiento fue la del desvío de clientela que dio lugar a que los imputados, que eran socios del querellante en la empresa de industrialización y comercialización de sal rosada, organicen otra empresa dedicada al mismo rubro, no parece coherente que se revoque la sanción que prohibió a los querellados dedicarse a similar actividad por un determinado lapso, razón por la cual esa circunstancia está relacionada con la previsión sobre admisibilidad del recurso contenida en la primera parte del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal
- VISTOS: los recursos de casación interpuestos por los imputados Takahiro Seo Takeuchi e Hiromi Seo
- CONSIDERANDO: que los recursos de referencia tuvieron origen en los siguientes antecedentes: 1
- Que siendo esos los antecedentes del caso de autos, los procesados, manifestando que el Auto
- Que el querellante, por su parte, expuso como principal argumento el incumplimiento del principio concerniente
- Que analizadas las posiciones sostenidas tanto por los procesados como por el acusador particular, en
- Que el argumento sostenido por el querellante, válido para fines de procedencia del recurso de
- Que en efecto, al término del juicio oral y público, si la sentencia es condenatoria,
- Que en consecuencia, corresponde aplicar la previsión contenida en el artículo 418 del Código de
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
