Auto Supremo AS/0335/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0335/2009

Fecha: 08-Jun-2009

En ese entendimiento, cuando se opera la nulidad, las categorías que componen el motivo se


En ese entendimiento, cuando se opera la nulidad, las categorías que componen el motivo se tienen por inexistentes, entre ellos el tiempo jurídico que no se debe tener en cuenta a efectos del cómputo del plazo de duración máxima del proceso, toda vez que, la nulidad se vincula al instituto de la extinción por duración máxima del proceso, en virtud de uno de los fundamentales elementos que justifican la adopción del instituto extintivo de la acción cual es el tiempo