Se advierte la inasistencia del imputado como de su abogado defensor a la audiencia de
Se advierte la inasistencia del imputado como de su abogado defensor a la audiencia de los debates de fs. 597 y 605, circunstancia por la cual se ordenó su detención y su citación mediante edictos, por cuyo motivo el procesado interpuso el recurso de Habeas Corpus de fs. 612 a 617 vlta., cuyo recurso fue declarado procedente por auto de fs. 621 a 624, el cual dispuso la nulidad de obrados hasta que se dicte nuevo auto final de la instrucción. Remitido de nuevo el proceso al sumario de la causa el encausado por memorial de fs. 638 a 639 recusó al juez de instrucción, regularizado el procedimiento mediante memoriales de fs. 649 y vlta y 660 a 661 vlta., respectivamente, recusó y formuló compulsa en contra de la juez del plenario y por memorial de fs. 658 apeló el auto de procesamiento
- PARTES:Ministerio Público y a querella de Arturo Orlando Tardío Arze c/ Gustavo Roberto Gómez Aguilar
- VISTOS: La remisión de oficio dispuesta por este tribunal a fs
- II
- A este fin, se deberá establecer que la mora procesal más allá del plazo máximo
- Por otro lado, es menester señalar que la nulidad y la invalidez son institutos procesales
- De ello se colige que la nulidad es un instituto excepcional dentro del sistema procesal
- Por otra parte, la invalidez de los actos procesales determina que, "habiendo existido en un
- Sobrevenido el quebrantamiento de la Ley, nace un derecho que tiene origen en el proceso
- La acción de restitución del derecho, puede ser de nulidad o de invalidez
- De lo referido y acorde a la teoría general de las nulidades, cuando exista Nulidad,
- En ese entendimiento, cuando se opera la nulidad, las categorías que componen el motivo se
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- Se comprueba en la fase del sumario que, el auto inicial de la instrucción de
- En la fase del plenario, el procesado y su abogado defensor no se presentaron a
- Se advierte la inasistencia del imputado como de su abogado defensor a la audiencia de
- Como se puede advertir, en el desarrollo de esta fase las acciones desarrolladas por el
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, se
- Mediante auto de fs
- Como se expuso anteriormente, en virtud al principio de instrumentalidad de las formas, las nulidades
- Del análisis integral del proceso, en base a los parámetros establecidos tanto en el ordenamiento
- De acuerdo con el criterio del representante del Ministerio Público, corresponde desestimar la extinción de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
