Se comprueba en la fase del sumario que, el auto inicial de la instrucción de
Se comprueba en la fase del sumario que, el auto inicial de la instrucción de fs. 38 se dictó el 9 de enero de 2001 por los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado. Tramitada la fase de la instrucción se advierte de manera objetiva que el imputado no pudo ser notificado con el mandamiento de comparendo de fs. 42, circunstancia por la cual se tuvo que expedir el mandamiento de aprehensión de fs. 46 con el que no se le pudo aprehender. Por otro lado, mediante memorial de fs. 91 a 93 formuló el incidente de revocatoria del auto inicial de la instrucción con alternativa de apelación, que fue rechazado por auto de fs. 96, apelación que fue ratificada mediante memorial de fs. 102; de igual manera el encausado mediante memorial de fs. 106 recusó al juez instructor ocasionando que el mismo se aparte del conocimiento de la causa. Por otra parte, por memorial de fs. 131 solicitó la suspensión de audiencia alegando problemas de enfermedad, misma que no fue respaldada por certificado médico forense; mediante memorial de fs. 322 y vlta, planteó el incidente de cuestión prejudicial, rechazado por auto de fs. 355 y vlta., apelado por memorial de fs. 360; y por último mediante memorial de fs. 376 solicitó la ampliación del término probatorio en la fase de la instrucción
- PARTES:Ministerio Público y a querella de Arturo Orlando Tardío Arze c/ Gustavo Roberto Gómez Aguilar
- VISTOS: La remisión de oficio dispuesta por este tribunal a fs
- II
- A este fin, se deberá establecer que la mora procesal más allá del plazo máximo
- Por otro lado, es menester señalar que la nulidad y la invalidez son institutos procesales
- De ello se colige que la nulidad es un instituto excepcional dentro del sistema procesal
- Por otra parte, la invalidez de los actos procesales determina que, "habiendo existido en un
- Sobrevenido el quebrantamiento de la Ley, nace un derecho que tiene origen en el proceso
- La acción de restitución del derecho, puede ser de nulidad o de invalidez
- De lo referido y acorde a la teoría general de las nulidades, cuando exista Nulidad,
- En ese entendimiento, cuando se opera la nulidad, las categorías que componen el motivo se
- CONSIDERANDO: Que, si bien el presente proceso en su tramitación ha excedido el máximo de
- Se comprueba en la fase del sumario que, el auto inicial de la instrucción de
- En la fase del plenario, el procesado y su abogado defensor no se presentaron a
- Se advierte la inasistencia del imputado como de su abogado defensor a la audiencia de
- Como se puede advertir, en el desarrollo de esta fase las acciones desarrolladas por el
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión integral de los antecedentes que informan a la causa, se
- Mediante auto de fs
- Como se expuso anteriormente, en virtud al principio de instrumentalidad de las formas, las nulidades
- Del análisis integral del proceso, en base a los parámetros establecidos tanto en el ordenamiento
- De acuerdo con el criterio del representante del Ministerio Público, corresponde desestimar la extinción de
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 2/2009
