Auto Supremo AS/0399/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0399/2009

Fecha: 23-Jul-2009

Que analizado ese punto, se concluye que, aunque se hubieren producido esos hechos, situaciones de


Que analizado ese punto, se concluye que, aunque se hubieren producido esos hechos, situaciones de tal naturaleza tuvieron ejecución en el lapso comprendido entre el 28 de abril del año 2000 (fecha de apertura del proceso) y el 10 de julio de 2003 en que se dictó el Auto de Vista impugnando por los enjuiciados, razón por la cual, habiendo transcurrido más de cinco años desde entonces y nueve en total contando términos a partir de la iniciación de la causa, no se puede sostener que fueron los encausados los autores de la demora comprobada