Auto Supremo AS/0193/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0193/2009

Fecha: 11-Ago-2009

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2.- En la especie la entidad municipal demandada a tiempo de contestar la demanda a fs. 19-21, opuso las excepciones perentorias de prescripción y de pago, entendiendo que los derechos de los actores hasta la fecha de la presentación de la acción se encontraban prescritos y que la documentación del pago de las obligaciones sociales sería presentada en la estación probatoria, aspectos que no han sido demostrados en dicha oportunidad, incumpliendo con la carga procesal prevista en los arts. 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., por cuya razón la juez de instancia pronunció la sentencia de fs. 103-109, declarando probada en parte la demanda e improbadas las excepciones de prescripción y de pago; conclusión a la que arribó luego de examinar el proceso y sus antecedentes en función del art. 3º y 158 del adjetivo mencionado, lo que fue confirmado por el tribunal de alzada por el auto de vista de 31 de octubre de 2007 cursante a fs. 157