Auto Supremo AS/0412/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2009

Fecha: 07-Sep-2009

Que al estar la indicada causa en proceso desde hace más de diez años sin


Que al estar la indicada causa en proceso desde hace más de diez años sin resolución definitiva hasta la fecha, es aplicable a ella la previsión contenida en la Disposición Transitoria Tercera del Código de Procedimiento Penal, que prescribe que los casos tramitados bajo el sistema procesal anterior deben concluir en el plazo máximo de cinco años que se computan desde el 31 de mayo de 1999 en que se publicó el actual Código, con obligación de los Jueces en sentido de declarar extinguida la respectiva acción penal y ordenar archivo de obrados después de haber constatado el transcurso de dicho plazo