Auto Supremo AS/0412/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0412/2009

Fecha: 07-Sep-2009

Que, para la procedencia de la extinción de la acción penal, se debe cumplir con


Que, para la procedencia de la extinción de la acción penal, se debe cumplir con el Auto Constitucional Nº 079/04 de 29 de septiembre de 2004, que complementa la Sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, que determina: "...la extinción de la acción penal debe fundamentar que la mora procesal más allá del plazo máximo establecido por ley, es de responsabilidad del órgano judicial o del Ministerio Público, precisando de manera puntual en qué partes del expediente se encuentran los actuados procesales que provocaron la demora o dilación invocada"