Que no existe prueba alguna que demuestre que los imputados fueron autores de actos dilatorios,
Que no existe prueba alguna que demuestre que los imputados fueron autores de actos dilatorios, razón por la cual no es aplicable al caso la previsión contenida al respecto por la Sentencia Constitucional número 0101 de 14 de septiembre de 2004
- Partes: Ministerio Público c/ Severo Quintín Terrazas Ayca y otros
- CONSIDERANDO: Que, la sentencia Constitucional Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004, establece que
- Que, la Sentencia Constitucional Nº 1042/05 de 5 de septiembre de 2005, establece en sus
- A su vez la Sentencia Constitucional Nº 1365/05 de 31 de octubre de 2005, determinó
- CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal, es de previo y especial pronunciamiento, empero
- CONSIDERANDO: Que, de lo anotado precedentemente, se colige que no existen justificativos, para la extinción
- También, debemos considerar que todo delito grave es un hecho complejo; lo que determina que
- Que, si bien la extinción de la acción penal tiene la virtud de hacer desaparecer
- Debiendo ponderarse igualmente el perjuicio producido a las víctimas en el delito de narcotráfico, resultando
- POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y hágase saber
- Firmado
- VISTOS: las solicitudes de extinción de la acción penal por vencimiento del plazo máximo de
- CONSIDERANDO: que de la revisión respectiva consta que la mencionada solicitud tuvo origen en los
- Que por haber transcurrido más de cinco años a partir de esa fecha y nueve
- Que no existe prueba alguna que demuestre que los imputados fueron autores de actos dilatorios,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
