Auto Supremo AS/0397/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0397/2010

Fecha: 16-Oct-2010

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2.- Ahora al haberse formulado un nuevo proceso, reclamando el mismo derecho, se establece que la demanda fue presentada antes que opere la prescripción, porque la nulidad del anterior proceso se determinó el 2 de junio de 2004 y la demanda de este proceso se presentó el 3 de abril de 2006 (ver memorial de demanda de fs. 27-28 vta.), es decir antes de los dos años previstos por los arts. 120 de la L.G.T. y 163 de su D.R., por ello corresponde reconocer el pago del aludido bono de antigüedad respecto de los dos últimos años trabajados