Auto Supremo AS/0512/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0512/2010

Fecha: 04-Oct-2010

CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde


CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde resolver el mismo en base a las normas invocadas y los hechos denunciados, por lo que se tiene que:

El art. 2 del D.L. Nº 16187, determina que no está permitida la suscripción de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, tampoco están permitidos celebrar contratos en tareas propias y permanentes de la empresa, puesto que, en caso de evidenciarse la infracción de estas disposiciones por el empleador, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido