CONSIDERANDO: que, al haberse pronunciado la Sentencia Constitucional Nº0124/2010 en base a los nuevos principios
CONSIDERANDO: que, al haberse pronunciado la Sentencia Constitucional Nº0124/2010 en base a los nuevos principios de la nueva Constitución Política del Estado, vigente desde el 9 de febrero de 2009, y desde esa fecha sus normas son de aplicación obligatoria y preferente, se tiene que en la misma a desaparecido el juicio de privilegio constitucional a favor de los funcionarios públicos, excepto de los dos más altos cargos del Estado Plurinacional de Bolivia, conforme expresa el numeral 4 del artículo 184 Constitucional, al referirse a las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia, "juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia, a la Presidenta o al Presidente del Estado, o a la Vicepresidenta o al Vicepresidente del Estado, por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato. El juicio se llevará a cabo previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por decisión de al menos dos tercios de los miembros presentes, y a requerimiento fundado de la Fiscal o del Fiscal General del Estado, (...)"
- CONSIDERANDO: que, tras la denuncia formulada por Jhonny Edwin Ledezma Butrón y Sergio Mario Reynolds
- CONSIDERANDO: que, en obrados cursa la Resolución del Fiscal General de la República, donde hace
- Afirmando que, ese impedimento legal ya no existe a partir de la nueva línea jurisprudencial
- CONSIDERANDO: que, al haberse pronunciado la Sentencia Constitucional Nº0124/2010 en base a los nuevos principios
- En autos se tiene que, éste Tribunal en un principio ejerció la actividad de controlador
- De cuyas nuevas disposiciones legales se concluye que las mismas no otorgan competencia alguna a
- Que, la competencia es la atribución jurídica otorgada a ciertos y especiales órganos del Estado
- En consecuencia, la reapertura de la investigación dentro del proceso de privilegio constitucional donde se
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación del
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dra. Ana María Forest Cors
- Dr. Jorge Monasterio Franco
- Secretaria de Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro de Tomas de Razón 4/2010
